Aplicabilidad
Artículo 1
1.1. Estas condiciones de compra son aplicables a todas las transacciones (comerciales) en las cuales Veltkamp SLU actúa como comprador de mercancías o servicios de terceros, incluidos los acuerdos para la ejecución de actividades.
1.2. Condiciones estándar (de venta) de la Contratista y/o proveedor o desviaciones de las condiciones de compra de Veltkamp SLU se aplicarán sólo si estas condiciones hayan sido aceptadas y confirmados por Veltkamp SLU por escrito.
Articulo 2
2.1. Estas condiciones de compra son aplicables a todas las ofertas, citas y acuerdos en los cuales Veltkamp SLU actúa como comprador.
2.2. Las desviaciones de estas condiciones pueden darse solamente si existe un acuerdo por escrito.
Formación del acuerdo
Artículo 3
3.1. La oferta es irrevocable, salvo que se acuerde por escrito lo contrario.
3.2. Una oferta será válida durante 30 días, a menos que se acuerde por escrito otro plazo.
3.3. Si un acuerdo escrito, conforme a la oferta, sigue a la oferta del proveedor, el acuerdo será formalizado con la fecha en la que Veltkamp SLU envía la confirmación al proveedor.
3.4. Si un acuerdo oral, conforme a la oferta, sigue a la oferta, el acuerdo será formalizado con la fecha en la que se acepte. La ejecución sólo tendrá lugar cuando la confirmación escrita haya sido enviada por Veltkamp SLU, excepto en caso de que el comprador provea de un número de pedido para introducir en la confirmación.
3.5. Veltkamp SLU tiene derecho a realizar modificaciones y adiciones a la oferta. En ese caso se formará el acuerdo en la fecha que Veltkamp SLU recibe la confirmación por escrito de la Comisión de conformidad con la oferta modificada o ampliada, o en el momento proveedor realmente comienza la ejecución del acuerdo.
3.6. Los acuerdos ejecutados dentro del marco del contrato, serán formalizados cuando Veltkamp SLU envíe la confirmación de entrega (parcial) dentro del marco del acuerdo.
3.7. En la ejecución de convenios marco se formará el acuerdo cuando Veltkamp SLU envía la Comisión para una entrega (parcial) en el marco del acuerdo marco.
3.8. Los documentos, dibujos, modelos, especificaciones, instrucciones, normas de certificación y similares elaborados o aprobados por Veltkamp SLU para la ejecución del acuerdo (incluidos los anteriores al acuerdo), independientemente de su consolidación, serán parte del acuerdo, salvo que se acuerde lo contrario por escrito.
Tarifas
Artículo 4
4.1. Las tarifas son fijas y están en euros, salvo acordado de otra forma, impuestos sobre las ventas no incluidos. Impuestos y tasa debida respecto de la entrega serán por cuenta del vendedor.
4.2. Las tarifas incluyen los gastos de transporte, el despacho de importación, seguro y embalaje a menos que se acuerde lo contrario.
Entegra
Artículo 5
5.1. El término entrega en este artículo también es aplicable a las entregas parciales.
5.2. La entrega debe darse en el lugar y en el plazo acordados.
5.3. El proveedor deberá notificar inmediatamente a Veltkamp SLU, tan pronto como sepa o sospeche, que no va a ser capaz de cumplir el acuerdo. El proveedor debe por tanto indicar las causas (posibles) de no cumplimiento. En este caso el proveedor y Veltkamp SLU deberán estudiarán el modo de solucionar la nueva situación, teniendo en cuenta que Veltkamp SLU tiene la capacidad de decisión última recae en Veltkamp SLU, y está sujeto a derecho de derivarlo de la ley y del acuerdo.
5.4. Si Veltkamp SLU, por la razón que sea, aparte del rechazo, es incapaz de recoger la mercancía en la fecha de entrega acordada, no constará como falta. En dicho caso, la mercancía será guardada y custodiada por el proveedor, y será éste quien la preserve y asegure como propiedad de Veltkamp SLU para su consideración cuando le convenga (en contraposición al artículo 7, párrafo 1), y la satisfacción de Veltkamp SLU.
5.5. Durante el almacenaje el proveedor tomará las medidas necesarias para asegurar el material, acordadas por escrito con el fin de preservar la calidad de la mercancía.
5.6. El proveedor incluirá con la mercancía a entregar todos los documentos disponibles con el fin de asegurar el uso adecuado, así como inspecciones, pruebas y certificados de calidad.
5.7. El proveedor observará la normativa de seguridad vigente en Veltkamp SLU y otros requerimientos aplicables. Veltkamp SLU tendrá disponibles, a petición del vendedor, dichos requerimientos en caso de inspección.
5.8. Las pruebas y/o inspecciones de las mercancía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, no incluirán la entrega, la recepción ni la transferencia del riesgo.
Empaquetado y envío
Artículo 6
6.1. La mercancía debe estar correctamente embalada y marcada, en conformidad con las instrucciones de Veltkamp SLU.
6.2. Todo el embalaje, excepto contratistas de embalaje, marcado como tal por el proveedor, pasará a ser propiedad de Veltkamp SLUen la entrega. Veltkamp SLU podrá renunciar a este derecho de adquisición y solicitar la devolución del embalaje.
6.3. La devolución de los envases de préstamo y embalajes no requeridos por Veltkamp SLU será por cuenta y riesgo del proveedor, y se hará al destino que éste indique. En el caso de que no lo especifique, Veltkamp SLU podrá enviar la mercancía a la dirección del proveedor.
6.4. El proveedor es responsable de los daños causados por o en relación con el hecho de que el embalaje no cumpla las disposiciones del párrafo 1.
El título y riesgo
Artículo 7
7.1. Los derechos y riesgos de la mercancía serán transferidos en la fecha de entrega, tan pronto como la mercancía haya sido recogida por Veltkamp SLU, en el lugar convenido de entrega conforme las disposiciones del artículo 12, párrafo 6.
7.2. Contrariamente a lo dispuesto en el apartado 1, el título de los bienes entregados será transferido en la fecha del pago de dichos bienes, o en la fecha en la que Veltkamp SLU solicita la transmisión antes de la entrega. El proveedor en ese caso marcará la mercancía para que quede identificada como propiedad de Veltkamp SLU e indemnizará a Veltkamp SLU en caso de pérdida, daño y el ejercicio de los derecho por parte de terceros. El riesgo de los bienes será asumido por el proveedor entre la fecha de transferencia del título y la fecha de entrega real. El proveedor está obligado a asegurar dicha mercancía frente a los riesgos y por su propia cuenta.
7.3. Veltkamp SLU tiene derecho a exigir, antes de que se haga el pago, además o en lugar de la transferencia del título, que el proveedor ofrezca por su cuenta una garantía bancaria incondicional e irrevocable, emitida por un banco aceptado por Veltkamp SLU, con el fin de asegurar el cumplimiento del deber del proveedor.
Materiales auxiliares
Artículo 8
8.1. Los materiales, dibujos, modelos, instrucciones, especificaciones, software, herramientas y otros materiales proporcionados por Veltkamp España S.L. al proveedor, o adquiridos o fabricados por el proveedor, por cuenta de Veltkamp SLU., que de ninguna manera tienen una función de apoyo para el proveedor respecto de los bienes a ser entregados, seguirán siendo propiedad de Veltkamp SLU, o pasarán a ser propiedad de Veltkamp SLU en la fecha de compra o fabricación.
8.2. El proveedor está obligado a marcar los materiales auxiliares mencionados en la frase anterior como propiedad identificable de Veltkamp SLU, para mantener estos materiales en un buen estado de conservación y asegurar dichos bienes por cuenta del proveedor contra todo riesgo, siempre y cuando el proveedor actúe como propietario para Veltkamp SLU con respecto a aquellos materias auxiliares.
8.3. Los riesgos por el método de uso de los materiales auxiliares serán totalmente por cuenta del proveedor.
8.4. El proveedor tendrá disponibles los materiales auxiliares para Veltkamp SLU en la primera petición de Veltkamp SLU, pero no más tardes de la fecha de la entrega de los bienes a los que pertenecen los materiales auxiliares.
8.5. El fabricante podrá utilizar los materiales auxiliares sólo con el propósito de y en el contexto de, la entrega a Veltkamp SLU, sujeto a la autorización por escrito de Veltkamp SLU. de lo contrario.
8.6. Los cambios o desviaciones de los materiales auxiliares proporcionados o aprobados por Veltkamp SLU sólo están permitidos después de la aprobación previa por escrito de Veltkamp SLU.
Cambios
Artículo 9
9.1. Veltkamp SLU tiene derecho, con la debida observancia de razonabilidad y equidad, a demandar al proveedor cambios en la naturaleza y cantidad de los productos entregados. Los cambios pueden no ser tales que, sin razón, se esperaran estar incluidos en el acuerdo, si el proveedor hubiera estado al tanto de los cambios con antelación. Veltkamp SLU especificará los cambios exigidos por escrito.
9.2. Dentro de los 14 días siguientes a la entrega de la especificaciones por escrito, como se indica en el párrafo anterior, el proveedor notificará a Veltkamp SLU qué consecuencias tendrán los cambios de precios y tiempo de entrega. Veltkamp SLU tiene derecho a rescindir el contrato si el tiempo y la velocidad de entrega indicada por el proveedor no son aceptables. Veltkamp SLU no puede invocar el derecho a rescindir el contrato por motivos no razonables. En caso de disolución Veltkamp SLU reembolsará al proveedor todos los gastos razonables en los que el proveedor haya incurrido hasta ese momento en relación directa con el acuerdo disuelto.
Facturación y pago
Artículo 10
10.1. La facturación se realizará en la dirección de la factura establecida simultánea o inmediatamente después de la entrega de la mercancía, estando completamente detallada la cantidad y tipo, el número de pedido, y por otra parte de acuerdo con las instrucciones del Veltkamp SLU.
10.2. Pago a deducir cualquier limitación de crédito se hará dentro de los 30 días naturales tras la recepción de la factura, a condición de que los bienes fueran recibidos por Veltkamp SLUy las quejas no fundamentadas fueran presentadas por él antes de que transcurra el plazo indicado, con respecto a la forma en que se ejecuta el acuerdo. El pago del precio de compra no implicará en ningún caso la renuncia a cualquier derecho.
Calidad y garantía
Artículo 11
11.1. El proveedor garantizará que los productos entregados son según lo acordado y, por tanto, entre otras cosas, son nuevos (a menos acordado de otra manera), libre de defectos, son adecuados para los fines para los que estaban destinados, cumplen con los correspondientes requisitos legales y las regulaciones gubernamentales, así como con los requerimientos de las normas de seguridad y calidad que se utilizan dentro de la línea de negocio.
11.2. El proveedor utilizará un periodo de garantía de los bienes de al menos un año. La expiración del plazo de garantía no perjudicará los derechos de que Veltkamp SLU dispones según la ley y el acuerdo. La garantía acordada en este período implica que en cualquier caso, el proveedor subsanará, tan pronto como sea posible, cualquier defecto reportado por escrito por Veltkamp SLU al proveedor, dentro del plazo de garantía, incluyendo por cuenta del proveedor cualquier coste adicional. Si el proveedor cambia, repara o reemplaza cualquier producto o partes, de conformidad con su obligación, el periodo de garantía completa volverá a tener efecto en relación con los productos o piezas.
Pruebas y inspección
Artículo 12
12.1. Las pruebas e inspecciones por parte o por razón de Veltkamp SLU pueden tener lugar tanto antes como durante o después de la entrega. El proveedor facilitará el acceso a los lugares en los que los productos se fabrican o han sido almacenados y cooperará en los ensayos e inspecciones requeridos por Veltkamp SLU Esta cooperación también implica la provisión por su cuenta de la documentación y la información requerida.
12.2. El proveedor informará debidamente Veltkamp SLU, cuando lo solicite, de la fecha de las pruebas e inspecciones a realizar, sin que Veltkamp SLU esté obligado a realizarlas exactamente esas fechas.
12.3. El proveedor está autorizado a estar presentes en las pruebas e inspecciones.
12.4. De no ser acordado por escrito lo contrario, los costes de las pruebas e inspecciones serán por cuenta del proveedor. Esto también se aplica a nuevas pruebas e inspecciones.
12.5. Si durante las pruebas e inspecciones de los bienes, se han rechazado en su totalidad o en parte, durante o después de la entrega, Veltkamp SLU lo notificará al proveedor por escrito. Este aviso será una notificación de incumplimiento. Con este fin Veltkamp SLUpermitirá al proveedor entregar la mercancía en un plazo razonable de acuerdo con la comisión. Si el proveedor no toma acepta esta oportunidad o no puede entregar correctamente los bienes, Veltkamp SLU tiene derecho a disolver la Comisión sin necesidad de notificación de incumplimiento. Veltkamp SLU también tendrá este derecho si el suministro, de acuerdo con su naturaleza o el uso que se pretende, no es posible o no sirve para nada.
12.6. En caso de que las mercancías sean rechazados durante o después de la entrega del riesgo de transferencia y se considerará que se han mantenido con el proveedor y por lo tanto nunca se han transferido a Veltkamp SLU.
12.7. Si las mercancías, independientemente de los resultados de cualquier prueba e inspección, no cumplen con lo establecido en el artículo 11, Veltkamp SLU se reserva todos los derechos relacionados con el valor predeterminado por la ley y el acuerdo.
12.8. Veltkamp SLU tiene derecho a garantizar la reparación o la sustitución de los bienes por cuenta del proveedor, si se puede asumir razonablemente después de consultarlo con el proveedor, cuando dicho proveedor no pueda garantizar o no asegure la reparación o reemplazo de una manera oportuna o adecuada. Veltkamp SLU puede renunciar a la consulta si las circunstancias lo exigen por ser urgentes para Veltkamp SLU.
12.9. Si las pruebas e inspecciones se llevan a cabo por una agencia independiente, los resultados de las mismas unirán al proveedor y a Veltkamp SLU Esto se aplicará igualmente a la repetición de pruebas e inspecciones.
Confidencialidad
Artículo 13
13.1. El proveedor deberá respetar el carácter confidencial de toda la información que recibió, ya sea directamente o no, de o sobre Veltkamp SLU y de la cual se ha establecido que es confidencial o respecto a la cual se debe razonablemente reconocer su confidencialidad.
13.2. El proveedor está obligado a vincular por escrito, a aquellas terceras partes involucradas en la ejecución del acuerdo, en la misma confidencialidad o haber dicho que las terceras partes firmen la cláusula de confidencialidad presentada por Veltkamp SLU.
13.3. Al proveedor no le está permitido copiar los documentos, tales como dibujos, programas y similares relacionados con el acuerdo o permitir a terceros inspeccionar dichos documentos, salvo que exista permiso por escrito de Veltkamp SLU.
13.4. El proveedor no está autorizado a utilizar los bienes y / o servicios establecidos y desarrollados conjuntamente entre Veltkamp SLU y el proveedor, con el propósito de terceros, sin el consentimiento por escrito de Veltkamp SLU.
Derechos de propiedad intelectual y otros derechos de terceras partes
Artículo 14
14.1. El proveedor garantiza que el uso por Veltkamp SLU, incluida la reventa, de la mercancía suministrada por el proveedor o los materiales auxiliares comprados o fabricados por él, con el propósito de Veltkamp SLU, no infringirán ningún derecho de propiedad intelectual u otro derecho de terceros. En la medida en que los bienes o materiales auxiliares que deban suministrarse infrinjan el derecho de terceros (propiedad intelectual), el proveedor se asegurará de que Veltkamp SLU obtiene el derecho de uso sin incurrir en gastos adicionales aparte del precio de compra acordado.
Veltkamp SLU tiene derecho a expensas del proveedor en ponerse de acuerdo sobre el derecho de uso directamente con terceras partes interesadas.
14.2. Si resulta que la utilización por Veltkamp SLU, como se indica en el párrafo 1, vulnera o amenaza con infringir cualquier derecho de terceros (propiedad intelectual), el proveedor está obligado a:
* reemplazar los bienes en cuestión o materiales auxiliares por productos equivalentes que no infrinjan los derechos de terceros;
* u obtener un derecho de uso en relación con los productos o materiales auxiliares pertinentes;
* o cambiar los productos en cuestión o materiales auxiliares de tal manera que la infracción rescinde;
por ejemplo
a) en consulta con Veltkamp SLU y
b) sin costes adicionales incurridos por Veltkamp SLU aparte del precio de compra acordado y
c) sin que las posibilidades de uso sean más limitadas que las de los productos y / o materiales auxiliares que debían ser suministrados originalmente.
14.3. El proveedor indemnizará a Veltkamp SLU frente a cualquier reclamación de indemnización o penalizaciones por una violación de los derechos (de propiedad intelectual) de terceros y compensará a Veltkamp SLU por los daños y perjuicios causados por el incumplimiento.
Piezas de repuesto
Artículo 15
El proveedor está obligado, durante un plazo de tiempo razonable para el material en cuestión - de acuerdo a la opinión común - en mantener las piezas de repuesto en stock, incluso si la producción de dicho artículo ha sido discontinua. Veltkamp SLU podrán exigir al proveedor que se le notifique la fecha de finalización de la producción.
Transferir
Artículo 16
16.1. El proveedor no está autorizado a transferir en su totalidad o en parte los derechos y obligaciones emergentes del contrato con el proveedor a terceros, sin la previa autorización por escrito de Veltkamp SLU.
16.2. El proveedor no está autorizado a subcontratar total o parcialmente la ejecución de sus obligaciones bajo el contrato a terceros, sin la previa autorización por escrito de Veltkamp SLU. Veltkamp SLU tiene derecho a imponer condiciones a la autorización.
16.3. En caso de urgencia y si se puede asumir razonablemente después de consultar con el proveedor, que dicho proveedor no quiere o no puede cumplir con sus obligaciones en virtud del acuerdo, el proveedor está obligado a petición del Veltkamp SLU, a subcontratar la ejecución del acuerdo en su totalidad o en parte por cuenta y riesgo del proveedor a terceros, sin que el proveedor quede liberado de sus obligaciones bajo el acuerdo. Veltkamp SLU tiene derecho a acordar la ejecución del acuerdo, a expensas de proveedor, directamente con terceros elegidos por Veltkamp SLU.
Responsabilidad
Artículo 17
17.1. El proveedor está obligado a compensar todo el daño sufrido por Veltkamp SLU como resultado de o relacionados con la ejecución del acuerdo por parte del proveedor. La obligación del proveedor de pagar una indemnización no incluye la pérdida de ventas y la pérdida de producción, a no ser que el vendedor está asegurado contra la pérdida de ésta última.
17.2. El proveedor indemnizará Veltkamp SLU frente a cualquier reclamación de terceros sobre la indemnización por daños implícitos en el apartado 1. En este apartado también se refiere a personal de Veltkamp SLU y el que es contratados por Veltkamp SLU.
17.3. El proveedor está obligado a asegurarse a sí mismo suficientemente, frente a su responsabilidad y riesgos como se describe en los párrafos anteriores.
Seguro
Artículo 18
18.1. A petición de Veltkamp SLU el proveedor pondrá a disposición para su inspección, las pólizas de seguro tomadas por el proveedor, de conformidad con las disposiciones establecidas anteriormente.
18.2. Si el proveedor en relación con su posible responsabilidad hacia Veltkamp SLU, puede invocar el pago de las reclamaciones en virtud de un contrato de seguro, el vendedor se asegurará de que estos pagos se hacen directamente a Veltkamp SLU; con este propósito Veltkamp SLU pueden exigir que:
* El proveedor lleve a cabo el contrato de seguros en beneficio de Veltkamp SLU, o que
* El proveedor transfiera cualquier reclamación de seguro de Veltkamp SLU, a elección de Veltkamp SLU. El proveedor dará a Veltkamp SLU un poder irrevocable a recibir el pago de las reclamaciones.
18.3. El seguro del proveedor no dará lugar a una limitación de su responsabilidad ni en la responsabilidad conjunta con Veltkamp SLU.
Terminación
Artículo 19
19.1. Veltkamp SLU está autorizado a dar por terminado el contrato de forma prematura por medio de un aviso por escrito al proveedor, siempre que esto se lleve a cabo al tiempo que afirme suficientes razones de peso. Inmediatamente después de recibir la notificación escrita el proveedor suspenderá la ejecución del acuerdo. Veltkamp SLU y el proveedor en ese caso, iniciarán consultas sobre las consecuencias de dicha terminación, sobre la premisa de que el proveedor tiene derecho a una compensación razonable, no consiste en la compensación de la pérdida de la producción y la pérdida de beneficios. Las disposiciones de este párrafo no se aplicarán a los casos mencionados en los apartados 2 y 3.
19.2. Si el proveedor no cumple con su contrato y en caso de su quiebra o suspensión de pagos y en caso de interrupción, la disolución o la adquisición o cualquier situación análoga de la empresa del proveedor, el proveedor estará en mora de pleno derecho y Veltkamp SLU tendrá derecho
a) de terminar unilateralmente el contrato en su totalidad o en parte, mediante notificación al proveedor por escrito;
b) suspender las obligaciones de pago;
c) encargar la ejecución del acuerdo en su totalidad o en parte por cuenta y riesgo del proveedor a terceros, tales como que Veltkamp SLU no esté obligado a pagar ninguna compensación y sin afectar a ninguno de los derechos adicionales adquiridos por Veltkamp SLU, incluido el derecho de Veltkamp SLU a la compensación total.
19.3. Todas las reclamaciones que Veltkamp SLU pueda tener o adquirir en relación con el proveedor en razón del presente artículo, serán exigibles plenamente con efecto inmediato.
19.4. Si el proveedor no invoca imputabilidad del defecto, los apartados 2 y 3 se aplicarán en consecuencia.
Ley aplicable y disputas
Artículo 20
20.1. El acuerdo y todos los acuerdos derivados de los mismos están sujetos exclusivamente a la legislación de Países Bajos.
20.2. Cualquier disputa (incluyendo disputa única considerada como tal por una de las partes) como resultado de este acuerdo o cualquier acuerdo entre las partes, derivada de éste, siempre que la ley no disponga obligatoriamente otra cosa, serán resueltos por el tribunal competente en Valencia, España.
20.3 No obstante lo dispuesto en el apartado 2, Veltkamp SLU tiene derecho a decidir que la controversia se resuelva mediante arbitraje. En tal caso, el arbitraje se llevará a cabo de conformidad con las normas de la institución de arbitraje designada por Veltkamp SLU.
20.4. Las cláusulas de la Convención de Viena no son aplicables, ni lo son futuros reglamentos internacionales respecto a la compra / venta de bienes móviles cuyo efecto pueda ser excluido por las partes.